Los internos en los centros penitenciarios del país que presenten condiciones de salud incompatibles con la reclusión contarán con varias alternativas para cumplir su pena. El Ministerio de Justicia, Medicina Legal, la Defensoría del Pueblo y el Consejo Superior de la Judicatura anunciaron un nuevo protocolo para garantizarles acceso oportuno a una atención médica acorde con la gravedad de su enfermedad.El proceso tiene cinco pasos clave para que un juez de ejecución de penas decida si un interno puede ser trasladado a un hospital o cumplir su condena en casa. Todo empieza con la identificación del caso, ya sea a través de una consulta médica, exámenes, atención de urgencias o una solicitud del defensor, el Ministerio Público, el propio interno o su red de apoyo.Una vez activada la ruta, el juez ordena a Medicina Legal hacer una valoración médico-legal para determinar si la enfermedad es compatible con la reclusión. Con ese concepto en mano, el juez tiene la última palabra sobre si otorga o no la detención alternativa.Si la respuesta es positiva, la persona podrá cumplir su condena en su casa o recibir atención en un hospital. Si la solicitud es negada, el defensor puede impugnar la decisión. Y si aun así no se logra el traslado, el Inpec deberá garantizar que la persona reciba la atención médica necesaria dentro de la cárcel.Este protocolo es acorde a la Ley, que establece que el único que puede modificar una medida de detención es un juez. Sin embargo, por la congestión judicial ha generado interrogantes frente a la eficiencia del trámite. La ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, le dijo a este diario que todo depende del despacho y las prelaciones de los casos que tenga, toda vez que la libertad tiene prioridad sobre la sustitución. Anticipando este cuello de botella, si es un asunto de vida o muerte, esta solicitud debe ser resuelta de manera inmediata.Pero para una enfermedad como la diabetes, que es tratable —explicó la Ministra—, el requerimiento tendrá que surtir todo el trámite y ajustarse a los tiempos de espera. “Aunque no se establecen términos fijos, se priorizará la revisión de los casos en los que la vida e integridad de las personas privadas de la libertad estén en riesgo, en cumplimiento de los principios de derechos humanos”, informaron desde la cartera.Aún así, la decisión del juez va a acompañada con valoraciones médicas periódicas para determinar si la medida sustitutiva sigue siendo necesaria. Las administradoras del plan de beneficios garantizarán la atención en salud, mientras que la dirección del establecimiento penitenciario supervisará la seguridad. Si la condición del beneficiario mejora, el juez podrá revocar la medida.La humanización del SistemaDurante el anuncio del protocolo, las entidades autoras de la resolución aseguraron que el propósito es la humanización del sistema carcelario. Esta ha sido una de las banderas políticas del presidente Gustavo Petro en este rubro, que ha sido palpable a través de normas como la de utilidad pública, que les permite a las madres solteras privadas de la libertad por delitos con motivación económica cumplir su pena realizando trabajos sociales. “Esta es la materialización de una oportunidad para que las personas que tienen enfermedades incompatibles con el sistema carcelario puedan ser reconducidas a través de rutas específicas para que puedan tener dignidad y ser atendidas de la debida manera”, agregó Buitrago. Con la firma de las instituciones involucradas, el protocolo entra en vigencia de manera inmediata y su implementación tendrá un exhaustivo control de las entidades que le dieron la bendición. Esto se garantizará con la conformación de un Comité de Seguimiento.Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

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