La reforma pensional, que estaba lista para ser discutida por la Sala Plena de la Corte Constitucional pero sufrió un revés debido a un impedimento mal tramitado, ha retomado su curso. El alto tribunal resolvió las recusaciones presentadas contra el magistrado ponente, Jorge Enrique Ibáñez, y fijó una fecha para que el procurador Gregorio Eljach emita su concepto sobre la constitucionalidad de la norma.La máxima cabeza del Ministerio Público tendrá hasta el 9 de mayo para presentar su respaldo o, alineado con la demanda de la senadora Paloma Valencia y la ponencia del magistrado Ibáñez, se incline por considerar viciado el trámite de la ley. Reforma pensional Foto:UTL Martha PeratlaEl proceso se reanuda luego de que la Sala Plena decidiera negar el recurso presentado por el Procurador, quien se declaró impedido para emitir una postura sobre la reforma, debido a su intervención en su trámite legislativo cuando era secretario del Senado.La Corte también despejó el camino por otro frente al negar las recusaciones presentadas contra el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, autor de la ponencia negativa, que plantea la inconstitucionalidad de la ley y será estudiada por la Sala Plena.Los recursos fueron presentados por Edwin Arnold Moreno Castiblanco y William Alfredo Estrada Atehortúa. En el primero, se alega que el magistrado podría “tener interés” en la decisión, porque su elección contó con el respaldo de sectores opositores, que fueron los que demandaron la reforma. “Su ponencia a la demanda de la senadora Paloma Valencia configura una posible afectación a su imparcialidad”. Según se expone en la demanda, Ibáñez “militó en las juventudes conservadoras y fue concejal por el Partido Conservador Colombiano entre 1978 y 1980 (…) y su nominación (a la magistratura de la Corte) respondió a una mayoría legislativa alineada con el gobierno de Iván Duque, el cual ha sido crítico de las iniciativas del gobierno actual”. Magistrado Jorge Enrique Ibáñez Foto:ArchivoPara el demandante, esta supuesta filiación política genera dudas sobre su imparcialidad. La solicitud de Estrada Atehortúa sigue esta misma línea. El demandante pidió que el magistrado Ibáñez se declarara impedido para intervenir en el proceso por “representar moralmente al Partido Conservador”, dado que la demanda proviene de este espectro político. Asimismo, sostiene que “incurre en la causal de impedimento prevista en el artículo 56.5 del Código de Procedimiento Penal”, argumentando que se trata de un hecho notorio que “no necesita prueba” la supuesta enemistad del presidente de la Corte Constitucional (Ibáñez) con el presidente de la República, reflejada en la negativa a reunirse con él.Estos fundamentos fueron considerados improcedentes por la Sala Plena, que rechazó las nulidades y dio vía libre al trámite. Lo ideal es que los ocho magistrados habilitados, dado que Diana Fajardo está impedida, tomen una decisión antes de la entrada en vigencia de la reforma pensional, prevista para el próximo 1 de julio.Defensa de Uribe contrainterroga a exministro Velásquez. Foto:Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

Corte rechaza recusaciones contra el magistrado Ibáñez y fija fecha para el concepto de Eljach
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